Orden Ejecutiva Suspendiendo Temporalmente la Inmigración a los Estados Unidos: Lo Que Sabemos

Esto Es Lo Que Sabemos (Al 23 De abril De 2020, 11:00 Am (CDT))

El 20 de abril de 2020, el presidente Trump tuiteó que firmaría una Orden Ejecutiva para suspender temporalmente la inmigración a los Estados Unidos como resultado de la nueva pandemia de coronavirus (COVID-19) de 2019. Durante una conferencia de prensa el 21 de abril de 2020, el presidente Trump anunció: “Este orden solo se aplicará a las personas que buscan una residencia permanente, en otras palabras, las que reciben tarjetas verdes”. Señaló que la orden “no se aplicará a quienes ingresen de manera temporal” y que “la pausa tendrá vigencia durante 60 días” “con la posibilidad de una extensión o modificación posterior. Posteriormente, el presidente Trump firmó una proclamación vigente a partir del jueves 23 de abril de 2020 a las 11:59 P.M. (EDT), que suspende la entrada de cualquier persona que desee ingresar a los EE. UU. como inmigrante (residente permanente) quien:

  • está fuera de los Estados Unidos en la fecha efectiva de la proclamación;
  • no tenga una visa de inmigrante válida en la fecha de vigencia; y
  • no tiene un documento de viaje oficial válido (como una carta de transporte, papel de embarque o documento de libertad condicional) en la fecha de vigencia, o emitido en cualquier fecha posterior que permita viajar a los Estados Unidos para solicitar la entrada o admisión.

Esta Orden Ejecutiva no se aplica a:

  • Personas que ya se encuentran en los Estados Unidos el 23 de abril de 2020;
  • No inmigrantes (personas con visas temporales);
  • Personas fuera de los Estados Unidos que ya tienen una visa o documento de libertad condicional;
  • Residentes permanentes legales actuales (LPR);
  • Ciertos profesionales médicos y sus familias;
  • Cónyuges e hijos menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses;
  • Individuos que promueven ciertos objetivos de aplicación de la ley;
  • Miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU. y sus cónyuges / hijos;
  • Traductores afganos / iraquíes / empleados del gobierno de los Estados Unidos y sus cónyuges / hijos;
  • Personas cuya entrada a los Estados Unidos es de interés nacional.

Hechos

  • Los servicios de visas de rutina en todas las embajadas y consulados de EE. UU. En todo el mundo se suspendieron a partir del 20 de marzo de 2020. Las embajadas y consulados de EE. UU. continúan brindando servicios de visas urgentes y de emergencia, según lo permitan los recursos. El Departamento de Estado (DOS) tiene la intención de continuar procesando las solicitudes de visa para trabajador agrícolas y profesionales médicos que ayudan con COVID-19.
  • El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS) ha suspendido temporalmente los servicios en persona hasta al menos el 3 de mayo de 2020, incluidas las entrevistas en persona y el procesamiento biométrico. El personal de USCIS continuará realizando tareas que no implican contacto con el público y proporcionará servicios de emergencia para situaciones limitadas en persona.
  • Las fronteras de Estados Unidos con Canadá y México están cerradas para viajes no esenciales hasta al menos el 20 de mayo de 2020.
  • Con algunas excepciones, la entrada de personas que estuvieron presentes en China, Irán, el Área Schengen, el Reino Unido e Irlanda, durante el período de 14 días previo a su intento de ingresar a los Estados Unidos también fue suspendido.
  • A pesar de estas limitaciones, USCIS continúa aceptando y procesando solicitudes y peticiones, incluidas las s aplicaciones solicitando una extensión o cambio de estatus.

Ficción

  • Habrá un alto total en toda inmigración a los Estados Unidos.
  • Basado en lo que sabemos, NO habrá un alto total en inmigración. El presidente Trump anunció en una rueda de prensa el 21 de abril que la suspensión solo se aplicará a las personas que buscan la residencia permanente y no afectará a quienes ingresen al país de manera temporal. El presidente también indicó que la Orden Ejecutiva incluirá algunas excepciones.
  • Finalmente, el presidente también se refirió a la posibilidad de extender la suspensión de 60 días y órdenes adicionales.

Qué está haciendo MIA

Esperamos que la mayoría de los clientes de MIA o sus familias no se vean afectados por esta orden. Sin embargo, estamos monitoreando de cerca la situación y se comunicará con los clientes que puedan verse afectados por la Orden Ejecutiva tan pronto como sepamos más.

Gracias a la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) por su análisis de la Orden Ejecutiva del 22 de abril de 2020.

by Allison Wannamaker, Esq

Allison Wannamaker, a native Memphian, serves as MIA’s Managing Director.
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